La Secretaria de Energía por conducto de la Direción General de Gas L.P. y de Instalaciones Eléctricas público el día 27 de Septiembre de 1999, en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana, NOM-001-SEMP-1999, relativa a Instalaciones Eléctricas y que entra en vigor 6 meses posteriores a su publicación en Diario Oficial de la Federación ( 27 de Marzo del 2000). Cancelando la NOM-001-SEMP-1994, relativa a las Instalaciones destinadas al suministro y uso de la Energía Eléctrica publicada el 10 de Octubre de 1994. El objetivo de esta NOM-001-SEDE-1999, es establecer las disposiciones y especificaciones de carácter técnico que deben satisfacer las Instalaciones destinadas a la utilización de la Energía Eléctrica, a fin de que ofrescan condiciones adecuadas de seguridad para las personas y propiedades, en lo referente a la protección contra choque eléctrico, efectos térmicos, sobrecorriente, corrientes de falla, sobretensiones, fenomenos atmosfericos e incendios, entre otros. El cumplimiento de las disposiciones indicadas en esta NOM-001-SEDE-1999, garantizarán el uso de la Energía Eléctrica en forma segura.
En las instalaciones eléctricas a que se refiere la NOM-001-SEDE-199, se aceptará la utilización de materiales y equipos que cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas o con las Normas Internacionales. A falta de éstas con las especificaciones del fabricante. Los materiales y equipos de las instalaciones Eléctricas sujetos al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas, normas mexicanas o normas internacionales, deben contar con un certificado expedido por un organismo de certificación de productos acreditado y aprobado. En caso de no existir norma oficial mexicana o norma mexicana aplicable al producto de que este se trate, se podrá requerir el dictamen de un laboratorio de prueba que haya determinado el grado de cumplimiento con las especificaciones técnicas e internacionales con que cumplen, las del país de origen o a falta de estas las del fabricante. Los materiales y equipos que cumplan con las disposiciones establecidas en los párrafos anteriores se consideran aprobados para los efectos de esta NOM. Como podemos observar esta Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999, es de uso obligatorio para todas las Instalaciones Eléctricas que se realicen en el país, por lo tanto es importante que las consideremos a la hora de realizar: - Proyectos Eléctricos. Y sobre todo, hacer de esto una cultura entre los usuarios, para que en un futuro las Instalaciones Eléctricas sean cada vez más seguras y de mejor calidad.
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